Costo Mensual
Empleado de acuerdo a su salario

Empleado de acuerdo a su salario
Con este simulador las empresas pueden establecer la carga adicional al salario (en valor y porcentual) que asumirán por un trabajador dependiendo del salario que le sea asignado.
Seleccione el salario entre las dos opciones de modalidad; ORDINARIO o INTEGRAL teniendo en cuenta que el Integral incluye mensualmente el pago de todas las prestaciones sociales y el Ordinario solo incluye una fracción.
Sin incluir símbolos de moneda ($) ni separadores de miles (comas o puntos); indique el valor en pesos del Salario mensual pactado en el Contrato con el trabajador.
Al seleccionar la opción consultar el sistema calculará basado en el ingreso mensual los valores liquidados de Auxilio de transporte, Carga social, Impuesto sobre la nómina, Carga prestacional, Provisión vacaciones, la Carga Total y el Porcentaje sobre el salario que es Costo para el Empleador.
NOMBRE | PARÁMETRO | VALOR |
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Pesos
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Total Carga | ||
% sobre el salario que es Costo Empleador |
En Colombia se contemplan 2 modalidades de Salario. ORDINARIO e INTEGRAL El Integral incluye mensualmente el pago de prestaciones sociales. No es posible pactar un salario con la connotación de Integral inferior a 13 salarios minimos mensuales vigentes (Ver Tabla Indicadores)
El SUBSIDIO DE TRANSPORTE es un pago obligatorio a Trabajadores con un salario inferior a 2 salarios minimos mensuales vigentes
La Carga Social que le corresponde al Empleador en Colombia es: Pensión (12%); Salud(8,5%); Riesgo Laboral (depende del Tipo de Riesgo entre 0,522% y 6,960%). Si el trabajador tiene un sueldo inferior a 10 Salarios Mínimos, su empleador puede estar exonerado del aporte a Salud(8,5%)
En Colombia el empleador tiene a cargo un Impuestos sobre la Nómina denominado Parafiscales que se paga a 3 entidades diferentes así:(Caja de Compensación Familiar 4%, Sena 2% e Icbf 3%). Si el trabajador tiene un sueldo inferior a 10 Salarios Mínimos, su empleador puede estar exonerado del aporte a Sena (2%) e Icbf (3%)
Las Prestaciones de Ley que se contemplan en la Legislación Colombiana son: Prima (Provisión Mensual 8,33%): un salario adicional al año, con pago en Junio y en Diciembre. Cesantías (Provisión Mensual 8,33%) un salario adicional al año, que se deposita en Fondo de Cesantías en Febrero de cada año. Intereses sobre Cesantías (1% mensual o 12% anual) sobre el Valor Acumulado de Cesantías, se paga directamente al empleado en el mes de Enero de Cada año.